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"12 HOMBRES EN PUGNA".

12 hombres en pugna





Continuamos con el ciclo "Cine relacionado con el Derecho Penal" , presentamos nuestra segunda pelicula sugerida, con un clásico de todos los tiempos,  siempre vigente. 12 Angry Men (en Hispanoamérica, 12 hombres en pugna; en España, 12 hombres sin piedad) es una película estadounidense de 1957 dirigida por Sidney Lumet y basada en el guion para TV de título homónimo escrito por Reginald Rose.2 y con los actores Henry Fonda, Martin Balsam, John Fiedler, Lee J. Cobb, E. G. Marshall, Jack Klugman, Edward Binns, Jack Warden, Joseph Sweeney, Ed Begley, George Voskovec y Robert Webber.

La película ganó varios premios cinematográficos internacionales. Forma parte del AFI's 10 Top 10 en la categoría de "Películas jurídicas".


Argumento

La película trata sobre el juicio de un homicidio en el que 12 hombres tienen que deliberar sobre el futuro de un muchacho, dictaminando si es culpable o inocente del asesinato de su padre.
Las pruebas apuntan a que es culpable, por ello 11 de los 12 miembros del jurado opinan que es culpable, pero el miembro número 8 (Henry Fonda) tiene en cuenta diferentes argumentos que se han citado en el juicio, y hace que surja la duda sobre la culpabilidad del muchacho. Poco a poco el miembro número 8 hace que los demás vayan cambiando de opinión y que éstos se den cuenta de otros factores que no habían sido analizados en el juicio.
En la película se observan diferentes tipos de comportamientos y roles que va desempeñando cada miembro del jurado mostrando así características de su personalidad y cómo influye su vida a la hora de dictaminar la culpabilidad del acusado.
- Razones: Los jurados le preguntan a Henry Fonda porqué está en desacuerdo con la mayoría. Henry Fonda retruca y simplemente le pide a los miembros del jurado que hagan una ronda comentando las razones por las que los 11 miembros piensan que el chico es culpable. La primer persona dice que "no sabe", "no puede ponerlo en palabras", "simplemente es culpable" y "no comprobó que era inocente".
"La carga de probar la culpabilidad está en la acusación. Todos son inocentes como principio, está en la Constitución" afirma a esos comentarios Fonda.
En el proceso de dar razones, las debilidades de las creencias se manifiestan y la "profundidad" de los relatos y argumentos de cada uno de los jurados se expresan con mayor claridad.
- Transformación de Preferencias. "Uds. no cambiará la opinión de nadie" 28:48. La mismísima definición de lo que hacemos.
Deliberar y transformar. Después de deliberar la votación se altera. No es un detalle que haya sido una votación secreta. Cada votación luego de deliberar modifica la votación sustantivamente. Ese es un ejemplo de lo que la deliberación pública debería hacer: dar razones a nuestras decisiones, permitir comprenderlas y fundamentarlas apropiadamente. Lo razonable sobre los hechos, sobre las interpretaciones y demás se pone a prueba y las personas cambian sus prejuicios por razones. Eso puede suceder en temas tan complejos como aplicación de la pena, aborto o matrimonio igualitario.
- Deberes cívicos. También hay en la película un potencial disparador sobre "deberes cívicos" en una democracia. Varios de los personajes están presionados y alienados en el jurado. Quieren irse a un partido, a trabajar o simplemente no quieren estar en ese espacio. La creación de incentivos y/o premios y castigos, al mismo tiempo de una práctica de participación como la de un jurado seguramente implique analizar cuáles son los desafíos para este tipo de instituciones inclusivas.
- Autoengaño. Como buen Wittgensteniano, un anciano (minuto 42:00 aprox ) intenta refutar uno de los testimonios más importantes de la acusación diciendo algo así como "No es que la persona haya mentido. Quería reconocimiento, entonces se autoconvenció en haber escuchado al chico gritar "Te voy a matar" y lo dijo ante el Fiscal como una forma de buscar atención." No mintió, se autoengañó esa podría ser la conclusión. Y recordemos la frase de Wittgenstein "No hay nada más difícil que no autoengañarse"

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