A partir de la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, existen algunas novedades que código que unifica la materia Civil y Comercial en un mismo Código. Es verdad, que hay muchos cambios y modificaciones normativos que trataremos en diferentes artículos. Pero a la hora de pensar en los plazos de prescripción por reclamos por daños y Perjuicios es importante tener en cuenta estos 5 puntos 1.- La Responsabilidad Civil se unifica El nuevo código regula como fuente de obligaciones a la Responsabilidad Civil sin diferenciar la causa fuente del daño, sea un incumplimiento contractual o incumplimiento del deber genérico de no dañar, ya que atiende al resultado, la ilicitud. 2.- Prescripción Se deroga la prescripción decenal (1o años) prevista en la responsabilidad contractual y la bienal (2 años) para la extracontractual. Se regula un plazo genérico de 5 años a excepción de que otra norma disponga una prescripción distinta. La acción de daños prescribe a los ...
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