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CALUMNIAS E INJURIAS





Los delitos de Calumnias e injurias, se encuentran tipificados, en el Libro II del Código Penal de la Nación.

El bien jurídico Protegido por el Legislador es el Honor

Dentro de los tipos penales que protegen el Honor la Calumnia e injurias, son delitos  que mediante la expresión proferida o realizada (calumnia o la injuria) se emiten opiniones para desacreditar la honorabilidad de una persona.

El delito de Delito de Calumnia e Injuria
El Código Penal tipifica como delitos contra el honor la injuria y la calumnia. Estos delitos, que puede cometer cualquier ciudadano, tienen unos elementos comunes que pasamos a considerar.

Los delitos contra el honor sólo son perseguibles a instancia de parte, es decir, sólo pueden perseguirse judicialmente si el agraviado presenta una querella criminal contra quien lo haya cometido. Es una excepción a la regla general de que los delitos son perseguibles de oficio por la autoridad sin necesidad de previa denuncia de la víctima (art. 109 y 110).

En consecuencia, no pueden instar, pues, el procedimiento ni el Ministerio Fiscal, ni los parientes del ofendido, ha de ser éste quien decida interponer la querella, bien personalmente o a través de su representante legal (si fuere menor o incapacitado).

El delito de calumnia
La Jurisprudencia es pacifica, en relación a los delitos contra el honor, la calumnia es la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad. la propagación con publicidad:

El delito de injuria
Dentro también de los delitos contra el honor, es injuria la acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.

Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves.

Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se considerarán graves, salvo cuando se hayan llevado a cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.


Consideraremos, a Internet como «medio de eficacia semejante» que la imprenta o la radiodifusión, ya que la agravación de la conducta se produce al llegar a mayor número de personas la información calumniosa o injuriosa, por tanto, se produce lo que requiere esta agravante para su aplicación, esto es, un mayor disvalor de la acción.

El retracto del acusado por calumnia o injuria
Si el acusado de calumnia o injuria reconociere ante la autoridad judicial la falsedad o falta de certeza de las imputaciones y se retractare de ellas, el Juez o Tribunal impondrá la pena inmediatamente inferior en grado y podrá dejar de imponer la pena de habilitación que establece el artículo citado anteriormente.

Como se denuncia el delito de calumnia o injuria
El delito de calumnia e injuria solo pueden ser denunciados, en virtud de querella de la persona ofendida por el delito o de su representante legal. 

Reparación del daño por calumnia o injuria
En los delitos contra el honor de calumnia o injuria se considera que la reparación del daño comprende también la publicación o divulgación de la sentencia condenatoria, a costa del condenado por tales delitos, en el tiempo y forma que el Juez o Tribunal consideren más adecuado a tal fin, oídas las dos partes.

Fuente; https://www.tuabogadodefensor.com/delitos-contra-el-honor-calumnia-injuria/



“20 años ejerciendo el Derecho Penal”
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