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ABSOLUCION en Juicio Oral causa por lesiones graves -Juicio Oral llevado a cabo ante Tribunal Oral en lo Criminal Nro.22 de la Cap.Fed

ABSOLUCION EN JUICIO ORAL causa por lesiones graves -Juicio Oral llevado a cabo ante Tribunal Oral en lo Criminal Nro.22 de la Cap.Fed             Carlos habia sido injustamente acusado de causarle lesiones a una señora el día 19/7/2004. Padeció un largo proceso durante años antes que se lleve a cabo el juicio, donde tuvo que sufrir todo tipo de atropellos.               Ya en la instancia de juicio oral en el año 2011 (Luego de haber transcurrido casi 7 años de un largo y tedioso proceso)  Al momento de alegar, la  Fiscalía dio por acreditados los hechos  y solicito se  condena a nuestro cliente (CARLOS) a la pena de tres años de prision en suspenso y costas.              Esta defensa en su alegato solicitó la absolución de Carlos Darío por la aplicación del Art 3 del CP. Sostuvo que en el debate no había quedado claro porque habría golpeado a la víctima ni el mo...

EXCARCELACION CONCEDIDA BAJO CAUCION JURATORIA EN TRIBUNAL ORAL

Fallo de la Cámara Comercial condenando a entidad Financiera

"En este marco, se aprecia que el deber de resarcir de las entidades financieras debe ser juzgado de acuerdo a las normas de la responsabilidad profesional. Y ello no podría ser de otro modo, máxime si se tiene en cuenta que la financiera, organizada en forma de empresa, realiza actos de comercio conforme el art. 8 inc. 3° de la ley mercantil, haciendo de ellos su profesión habitual."   http://www.microlex.com.ar/buscar/cij/97419.pdf

Sobreseimiento obtenido en causa penal - delito Lesiones

Sobreseimiento obtenido en causa penal - delito impedimento de contacto ley 24.270

Probation concedida en causa penal - delito de defraudación - extranjero - tareas comunitarias en el exterior -

EL CASO DE ALFREDO, LA IMPUTACIÓN POR DAÑO Y SU SOBRESEIMIENTO

Alfredo con 70 y pico de años, jubilado,  una persona muy apegada a su única hija y a su nieto,  vino al Estudio muy preocupado, estaba desesperado, había sido falsamente imputado de haber dañado intencionalmente el portero eléctrico de su Edifico  por algunas personas del Consorcio de co propietarios que no lo querían.- En realidad Rubén Alfredo -es su nombre completo, más allá que a él le gusta que sólo lo llamen Alfedo,   cometió un único y grave error, haber intentado repararlo, y haberlo roto en su intento. Por esa razón lamentablemente terminó con  una causa penal en su contra, fue  denunciado penalmente por algunas personas de consorcio del edificio donde él vive.  Lo primero que hicimos fue contener a Rubén, escucharlo y guiarlo. Tomamos inmediata intervención en el expediente donde estaba imputado por el delito de daño tipificado por el  art 183 del Código Penal.- Gracias al aporte de   diversas pruebas,  entre ellas  ...